Condena el
Tribunal Superior de Justicia al notario Alejandro Davis Drew, por expedir
escrituras apócrifas
Tulio Ortiz Uribe
El 7 de marzo de 2006, la agente del
Ministerio Público de Los Barriles, licenciada Rosa Barrón Moreno, consignó al
señor Lino Cota Pérez y a su hijo Filiberto Cota García, mediante la
averiguación previa 219/2006, a proceso penal como presuntos responsables del
delito de despojo…de su propio terreno.
Este es otro de los mil 200 casos de
propiedades que en los últimos seis años, han sido invadidas o se pretende
arrebatar a sus legítimos dueños mediante documentos falsos, situación que
sería imposible sin la complicidad de, notarios, ministerios públicos, jueces y
funcionarios municipales. Esto le ha valido a Baja California Sur ocupar el
segundo lugar nacional en cuanto a la integración de averiguaciones previas por
el delito de despojo, con un promedio de 55.8 ilícitos por cada 100 mil
habitantes.
El camino que ha tenido que recorrer la
familia Cota García para recuperar su patrimonio está lleno de injusticias, gastos
innecesarios, pérdida de tiempo e impotencia, pero finalmente derivó en la
condena, por primera vez en el estado, del notario público que se prestó para
expedir una escritura pública apócrifa: Alejandro Davis Drew.
De acuerdo con el artículo 132 de la Ley
del Notariado de Baja California Sur, “los notarios son civilmente responsables
de los daños y perjuicios que causen en el ejercicio de sus funciones a las
personas que ante ellos comparecen, por las omisiones o violaciones de las
leyes en que incurrieren, siempre que sean consecuencia directa e inmediata de su intervención, sin perjuicio
de la responsabilidad penal que les pueda resultar en el caso de constituir un
delito dichas omisiones o violaciones”
La ley prevé la revocación del nombramiento
de notaría cuando incurra en faltas de probidad en el ejercicio de sus
funciones “o se hiciere patente su falta de honorabilidad”.
La historia
El 15 de diciembre de 1982, María Rojas le
pidió al señor Lino Cota que le permitiera poner un “campersito” para vivir una
temporada en la propiedad de éste, un terreno de
La señora Rojas y su familia se instalaron en
la propiedad de Lino Cota, quien tiempo después le autorizó a construir una
recámara cocina y baño, en el entendido de que dichas mejoras quedarían para
beneficio del propietario.
Relata Lino Cota que el 15 de noviembre de
1991, María Rojas lo buscó para darle las gracias por haberle permitido vivir
casi diez años en la propiedad y le entregó las llaves de la construcción que
dejó en beneficio del inmueble a modo de compensación por el tiempo del uso del
bien, como previamente habían pactado.
Tiempo más adelante y para sorpresa de Lino
Cota y su familia, alguien llegó a ocupar la casa, bajo el argumento de que la
señora María Rojas se las estaba rentando. “Ante ello les informamos a los
inquilinos que indebidamente esta persona les rentaba, y les pedimos desalojaran
nuestra propiedad ya que la íbamos a demandar por despojo”. El 16 de mayo de
ese año, radicamos la demanda bajo el número 27/LB/2006, en la agencia del
Ministerio Público del Fuero común de Los Barriles.
Pero más se sorprendió Lino Cota, cuando, al
rendir su declaración ministerial, María Rojas exhibió la escritura pública
12.456, protocolizada el 8 de diciembre de 1992 por el notario público
Alejandro Davis Drew, en donde se
asienta que el señor Cota “le donó” el terreno a María Rojas. “Nosotros jamás
otorgamos nuestro consentimiento ni firmamos ningún documento, por lo que son
falsas tanto la escritura privada de donación, como su protocolo realizado
supuestamente ante dicho notario”, dice el agraviado.
Y agrega: “La existencia y exhibición de
tales documentos nos alarmó, ya que nunca dimos nuestro consentimiento y las
firmas que se nos atribuyen son unas burdas falsificaciones de nuestras firmas
autógrafas”
Para estas fechas Lino Cota y su familia ya
no encontraban la puerta de salida a su problema. Si la burocracia camina en
burro, la justicia lo hace sobre una tortuga. Deben pasar años para ver la luz
de la verdad. “De lo que estamos seguros, dice Lino Cota, es que somos víctimas
de una muy bien tramada conspiración criminal orquestada por María Rojas en
contubernio con el delegado municipal de San Antonio, los apócrifos testigos
Pedro Márquez y Maximiliano Lucero y el notario público que la protocolizó,
quienes por motivos y causas que solo ellos pueden explicar, participaron en la
conspiración para despojarnos de nuestra propiedad”.
Pero finalmente se impuso la verdad, el 2
de septiembre de 2011, el magistrado de la Segunda Sala Unitaria en Materia
Civil del Tribunal Superior de Justicia, licenciado Rafael Siqueiros Flores,
resolvió que:
1.- Se decreta la anulación de la escritura
privada de donación a favor de María de La Paz Rojas, respecto de un lote de
terreno urbano ubicado en el poblado de Los Barriles. 2.- Se declara la
anulación de la escritura pública 12.456, del protocolo del ciudadano
licenciado Alejandro Davis Drew, notario público número dos. 3.- Se condena a
la parte demandada, María de La Paz Rojas,
y licenciado Alejandro Davis Drew al pago de los daños y perjuicios
causados con motivo y a consecuencia de la ilegal expedición de la escritura
pública número 12.456, monto exacto que se cuantificará en el periodo de
ejecución de sentencia. 4.- Se ordena la cancelación en el Registro Público de
la Propiedad y del Comercio, del registro de la escritura que ha sido
judicialmente anulada. 5.- Se ordena a la parte demandada el pago de los gastos
y costas generadas en el presente juicio.
De acuerdo con la Ley del Notariado,
corresponde al gobernador del Estado separar definitivamente a un notario de su
cargo, entre otras por “Llevar una conducta que causa descrédito a la función
notarial”.